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El caso ‘Momo’, una vista jurídica

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El Cádiz CF consiguió la cautelar del TAS, siendo una pequeña victoria en un caso que parece ponerse de cara para los andaluces ¿Qué argumentos jurídicos hay tras la demanda?

Legislación al respecto y explicación del caso

Los hechos se sitúan en verano del 2018, pero la sanción se conoció el 3 de marzo de 2020 tras la denuncia y las oportunas investigaciones de la FIFA. Si se va al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores se encuentran diferentes actualizaciones a lo largo de ese transcurso siendo la última de marzo de este mismo año.

Se usa este documento porque nueva ley deroga la anterior y se entiende que el TAS se basará sobre esta y no sobre una anterior, no cabiendo retroactividad. Esta solo se podrá usar en caso de que la nueva normativa perjudique aún más al acusado.

También está presente el Reglamento General de la RFEF donde se especifica la normativa para las competiciones de nuestro país como es la 2ªB donde juega el Cádiz B de ‘Momo’.

TAS

Uno de los motivos que alega el Cádiz CF es que el jugador estaba libre y así lo demuestra su inscripción sin problemas a través del sistema de la propia FIFA, según argumenta el conjunto andaluz. Partiendo de lo dictado por la RFEF, se puede extraer lo siguiente del artículo 116 y del artículo 117:

“116.2. Un futbolista podrá estar inscrito en un solo equipo de un club, sin posibilidad de ser dado de baja y alta por el mismo en el transcurso de la misma temporada, salvo caso de fuerza mayor o disposición reglamentaria. Asimismo, en el trascurso de la temporada, no podrá estar inscrito y alinearse en más de tres distintos.”

“117.2 a) Los futbolistas con licencia a favor de un club no podrán alinearse ni entrenarse en equipos de otro. Del incumplimiento de esta disposición serán responsables tanto el futbolista como el club implicado e incurrirán en responsabilidad disciplinaria.”

Por tanto, si el Cádiz hubiese incumplido esta normativa la Real Federación lo hubiera detectado inmediatamente y hubiese sancionado a club y jugador. Este reglamento de la RFEF, al ser una federación asociada a FIFA tiene que ir acorde a la normativa dictada por el organismo internacional.

En el mencionado reglamento FIFA, en su artículo 5 se dice lo siguiente:
“5.1 Cada asociación deberá contar con un sistema electrónico de registro de jugadores que asignará a cada jugador una FIFA ID en el momento en que se realice la primera inscripción. Un jugador debe inscribirse en una asociación como profesional o aficionado, conforme a lo estipulado en el art. 2 del presente reglamento. Solo los jugadores inscritos electrónicamente e identificados con una FIFA ID son elegibles para participar en el fútbol organizado”

Ese FIFA ID hace alusión al sistema de inscripción electrónico que posee la FIFA y que administra cada federación. En esto se puede ver como a la hora de inscribir a Mamadou Mbaye ni RFEF ni FIFA alzaron la voz de alarma con algo que está de sobra reglado y muy vigilado.

RFEF

@RFEF

Manuel Vizcaíno, así lo reconoció el pasado 3 de marzo: “Al jugador lo hemos firmado libre y no lo digo yo, lo dice FIFA con todas las bendiciones que exige a cualquier tipo de contrato, porque lo dice el sistema. Obviamente sin ese sistema que validó su fichaje sería imposible saber si el jugador tenía un contrato firmado con otro club.”

A lo que se agarra el Watford y es lo que estimó la FIFA, es el conocimiento del Cádiz CF por la presencia de la firma de Enrique Pina en dichos contratos. En el mismo reglamento de FIFA, en su artículo 18 referente a los contratos se puede extraer:

“18.1. Si un intermediario actúa en la negociación de un contrato, su nombre deberá figurar en el contrato”.

“18.3. Un club que desee concertar un contrato con un jugador profesional debe comunicar por escrito su intención al club del jugador antes de iniciar las negociaciones con el jugador. Un jugador profesional tendrá la libertad de firmar un contrato con otro club si su contrato con el club actual ha vencido o vencerá dentro de un plazo de seis meses. Cualquier violación de esta disposición estará sujeta a las sanciones pertinentes”.

En este caso, si se determinase que Pina era un intermediario legítimo de los amarillos, el contrato sería conforme a derecho porque su firma aparece en el contrato. Sin embargo, incumpliría el 18.3 porque no notificó al Watford como se debe para negociar con Mbaye, ya que según los ingleses tenía un contrato vigente.

Cádiz CF

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Este es el punto clave y la cuestión que está en manos del TAS ¿Es Enrique Pina un representante legítimo del Cádiz CF? y a su vez ¿Tenía Mamadou Mbaye contrato con el Watford?

Enrique Pina solo salió al paso en su día para defenderse de las acusaciones del representante de Mbaye, que afirmaba que había coaccionado a su representado para la firma de los contratos en el pasado. Pero no mencionó nada al respecto de sus acciones o movimientos con el club inglés.

Si se demuestra que la firma de Pina no es legal, el Watford no podría exigir nada al Cádiz CF y el mismo club podría exigir responsabilidades a Enrique Pina. De momento el Cádiz, dijo haber tomado las acciones oportunas contra el ex-dirigente.

Los andaluces y el jugador niegan todo esto, ni la firma de Pina les parece legítima, ni el jugador tenía un contrato en vigor. ‘Momo’ lo dijo en su intervención en la rueda de prensa convocada por el Cádiz hace dos meses:

“Temporada 18/19: una vez terminé en el Cádiz, y tras llevarme a Elche y Murcia a probar, estuve en el Troyes francés sin ficha y sin transferencia internacional y posteriormente en el Inter Zapresic hasta final de temporada”.

“Temporada 19/20: una vez concluido mi contrato con el Inter Zapresic, al no tener contrato con ningún equipo, el 13 de agosto de 2019 firmé un contrato con el Cádiz, jugando esta temporada en Segunda División B. El Inter Zapresic y la Federación Croata de Fútbol confirmaron mi libertad contractual emitiendo el transfer a la Federación Española de Fútbol”.

El Watford como denunciante, alega que el jugador debió volver a Inglaterra tras la cesión en el Inter Zapresic. Pero esto choca con la declaración del jugador de manera frontal, siendo ahora el Tribunal Superior de Arbitraje quien deba decidir cuál de las partes tiene razón.

De momento el Cádiz CF ha ganado una batalla, pero no la guerra. Deberá seguir peleando para defender su verdad en una temporada 2020/21 que se puede antojar muy difícil debido a la situación actual del mundo sumado a esta problemática de estar sin fichar y quién sabe si en LaLiga Santander.

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