El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este lunes la nueva ordenanza de movilidad que limita el acceso de los vehículos más contaminantes a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección. Sin embargo, el mismo día que entra en vigor, a comienzos de la semana que viene, podría ejecutarse la sentencia del TSJM que obliga a anular el Madrid Central de Carmena, lo que daría lugar a dos meses de inactividad de las restricciones en las zonas de bajas emisiones. Durante este periodo de verificación del funcionamiento de las cámaras, estas podrán captar infractores, pero no multarlos. Sin embargo, sí que podrá multar la Policía Municipal y los agentes de Movilidad, quienes realizarán controles aleatorios.
Tienen permitido acceder sin restricciones a la ZBEDEP los coches ECO o CERO emisiones sin necesidad de estacionar. También podrán hacerlo aquellos con etiquetas B y C, siempre que vayan a acceder a un aparcamiento público o privado. En el caso de las motocicletas B y C, permanece la restricción de entrada entre las 22 horas y las 7:00 de la mañana.
La nueva normativa solo introduce dos cambios respecto al modelo de la legislatura pasada, que afectan estrictamente comerciantes y vehículos de distribución. Los primeros podrán aparcar como residentes, sin permisos especiales como hasta ahora. Además, se permitirá a cada negocio solicitar hasta tres autorizaciones para sus vehículos. Respecto a los segundos, se ampliará un año el plazo de limitación de acceso a aquellos con distintivo B y de más de 3.500 kilos de peso. Este tipo de vehículos podrán seguir accediendo hasta el 31 de diciembre de 2022.
