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Descubre todo lo que tienes que cumplimentar para arrendar un hogar

Llega un momento que todos tenemos ganas de independizarnos y construir nuestra propia vida. El primer paso antes de comprarnos una primera casa suele ser irnos de alquiler a una vivienda, en el caso de los colombianos esto sucede muy habitualmente. El ejemplo lo podemos ver en esta inmobiliaria en Colombia.

Para alquilar un piso o arrendarlo, existe una serie de requisitos y papeles que deben ser presentados antes de entrar a vivir en la vivienda para así asegurarse que el inquilino tendrá la suficiente solvencia para hacer frente al pago del alquiler.

Antes de entrar en la vivienda el inquilino por ley deberá de aportar un mes de fianza de la vivienda, aunque los propietarios se acostumbran a pedir un mes de garantía adicional. Además, es necesario presentar un contrato de trabajo del inquilino para que el propietario de la vivienda pueda así comprobar que este es solvente de cara a los pagos mensuales del alquiler.

En relación a la situación financiera, los caseros suelen solicitar las últimas tres nóminas para comprobar los ingresos de este y que no se generen un problema de impagos. Otros documentos que también es muy habitual que se solicite es el de aval. Los avales hacen frente a los pagos cuando el inquilino no puede pagarlo, ciudades con mucha demanda son las que más lo piden.

Es posible que los caseros pidan referencias de un antiguo arrendados para saber cuál fue su experiencia contigo y pueda así proporcionar más datos sobre tu conducta como inquilino, aunque esto no es algo que la normativa lo exija y el inquilino puede negarse a entregar esta información. Es menos frecuente por ejemplo la carta de presentación donde exponemos nuestro caso y el por qué deseamos alquilar esa vivienda.

El inquilino antes de entrar a vivir en el inmueble tendrá que pagar la renta del mes en el que empieza el alquiler en la vivienda, la fianza del alquiler que corresponde normalmente a otro mes de alquiler y la garantía adicional, aunque no es obligatorio según indica la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Pero, no solo el inquilino debe aportar cosas. El casero debe entregar al inquilino un certificado energético del edificio, la cédula de habitabilidad que certifica que es una vivienda habitable con las condiciones óptimas para vivir en ella, el título de propiedad que acredita que es el propietario de la vivienda, el pago de los últimos IBI como de las últimas facturas de los suministros y dar todos los juegos de llaves que tenga de la vivienda.

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