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España

De la libertad de expresión a la cárcel

No cabe en ningún Estado Democrático de Derecho que esté en prisión cantantes como Valtonyc por su mensaje político

Estamos asistiendo a unos auténticos atentados a la libertad de expresión. La libertad de expresión, reconocida en la Constitución, es un derecho con doble contenido. Por un lado, es un derecho subjetivo amparado por el TC. Por otro lado, posee un carácter institucional que garantiza la libertad de expresión con el fin de fomentar la opinión pública, necesaria para el fructífero desarrollo de una democracia. Estas interpretaciones las ha hecho el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a raíz de muchas sentencias sobre este conflicto de derechos. Todas ellas reafirmadas por el TC, al que tanto defienden últimamente para el cumplimiento de la Constitución y la unidad territorial.

La libertad de expresión no debe de ser menos, debe ser mucho más.

Ambos Tribunales coinciden en que el contenido de la libertad de expresión debe ser garantizado para el correcto desarrollo de la democracia.

Se debe de admitir como libertad de expresión, dice su jurisprudencia, los insultos e ideas ofensivas o no aceptadas socialmente, fomentando así el desarrollo democrático.

Los límites de ésta, al no tratarse de un derecho absoluto, no se deben de interpretar de forma expansiva por los Tribunales, como ha ocurrido en este caso.

Deben de ser interpretaciones más restrictivas para que se produzca así una correcta adecuación social entre las ideas y los derechos de terceros.

Los delitos por los que se le condena a Valtonyc

Ambos no son compatibles con la libertad de expresión, y por ende, con una democracia.

Las injurias a la Corona están tratadas de forma privilegiada a la hora de la regulación de la pena, al ser más larga que en el delito común de injurias o calumnias. Dicho delito tiene su origen en la concepción mítica que se tenía (o se tiene) del Jefe de Estado en la dictadura franquista.

Ocurre lo mismo con el delito de enaltecimiento del terrorismo. El TC, en su jurisprudencia, afirma que los elogios hacia determinados acontecimientos históricos, como son los atentados protagonizados por ETA, no deben tipificarse como delito.

El caso de Valtonyc no es el único, estamos asistiendo a muchas restricciones de la libertad de expresión.

Cuando pasamos de la Constitución al Código Penal, la democracia no funciona o incluso no existe.

Deberíamos de empezar a reflexionar sobre el concepto de democracia y su firmeza en nuestro país.

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