Los cuatro fiscales encargados del juicio del procés desestiman las peticiones de indulto de los presos condenados por delitos de sedición y malversación.
La petición fue solicitada por UGT, el abogado catalán Francesc de Jufresa, expresidentes del Parlament, Núria de Gispert, Ernest Benach y Heriber Barrera, e inició su tramitación en septiembre.
Los fiscales Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Fidel Cadena y Jaime Moreno han argumentado en un informe que no se dan las condiciones “mínimamente exigibles” para eliminar dichas penas, que son reconocer el delito y la muestra de arrepentimiento por cometer este mismo. Según lo expuesto en el informe: “La constatación de una aceptación manifiesta de la responsabilidad por el delito cometido y el decidido propósito de no reincidir como muestra de acatamiento a la legalidad conculcada.”
La Fiscalía destaca la gravedad de los delitos que provocaron las penas y ampara que no pueden considerarse como injustas pues, además, la petición de indulto no es lo recomendable cuando se pretendió la ruptura del marco básico regulador de la convivencia democrática. El informe señala que en el artículo 102.3 de la Constitución española prohíbe indultar al presidente o miembros del Gobierno que cometan delitos contra la seguridad del Estado cuando estén ejerciendo sus funciones y los fiscales extienden la aplicación de este artículo a los Gobierno autonómicos.
En definitiva, los cuatro fiscales mantienen que el ‘procés’ fue una rebelión de carácter violenta y no se dan ninguna de las tres razones que la ley marca para conceder el indulto: “justicia, equidad o utilidad pública”. Ahora los informes están en disposición de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que se dirigirá a la Abogacía del Estado para requerir su criterio y que expresará su dictamen.