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La Audiencia de Madrid absuelve al PP por los ordenadores de Bárcenas

La Audiencia Provincial de Madrid ha anunciado la absolución del PP por la destrucción de los ordenadores de Bárcenas en 2013. 

El tribunal ha confirmado el fallo del Juzgado de lo Penal 31 de Madrid en una sentencia del pasado 13 de julio y contra la que no se puede interponer recurso. Los jueces han desestimado los recursos de la acusación popular por su «rebuscado planteamiento». A través de esta sentencia, la Audiencia también ha absuelto a la extesorera del PP, Carmen Navarro; al jefe de la Asesoría Jurídica, Alberto Durán y al responsable del departamento informático del partido, José Manuel Moreno, que estaban acusados de daños informáticos y encubrimiento.

La Fiscalía considera que el extesorero del partido, Luis Bárcenas, carece de crecibilidad. Además, añade que no se ha probado que en los ordenadores que se destruyeron «hubiera almacenado algún dato o archivo en el momento en que José Manuel Moreno procedió al borrado seguro y destrucción de los soportes, como tampoco que, de haber existido algún contenido en ese instante, tuviera un valor económico significativo y no estuviera a salvo».

La Audiencia tampoco cree que se haya probado que desde el partido se borraran los ordenadores porque la Audiencia Nacional estuviera investigando entonces una «supuesta contabilidad oculta del Partido Popular». Sin embargo, según declaró Luis Bárcenas, en aquellos ordenadores «había datos relacionados con mis cuentas corrientes, presupuestos sobre cómo se financiaban las campañas electorales, las notas que daban continuidad a los papeles y algunos documentos más». «Si los ordenadores no contenían información, ¿para qué destruir los discos y formatearlos?», añadió el extesorero.

Sin embargo, el Juzgado de lo Penal 31 y la Audiencia Provincial de Madrid no terminan de creer esta versión. «No se ha justificado la insuficiencia o la falta de racionalidad en la motivación fáctica, el apartamiento manifiesto de las máximas de experiencia o la omisión de todo razonamiento sobre alguna o algunas de las pruebas practicadas que pudieran tener relevancia, sino que lo que se pretende es una modificación de la valoración de la prueba practicada por el magistrado», ha añadido el magistrado para concluir la sentencia.

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