La Comunidad de Madrid amplía desde este viernes, 5 de febrero, el número de comensales en las terrazas, que pasa de cuatro a seis. En el interior de los establecimientos, el límite se mantiene en cuatro.
Esta nueva medida que entra hoy en vigor responde a las modificaciones que se han realizado sobre algunos aspectos de la Orden 668/2020, respecto al sector de la hostelería y la restauración. Este viernes se ha publicado el texto normativo con los cambios en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Asimismo, en el BOCM se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla de forma continuada, tanto en el interior como en el exterior de los establecimientos. El único momento en el que los comensales se la podrían quitar sería al beber o comer.
Además de las medidas vigentes, la Comunidad de Madrid pide asegurar la ventilación en los establecimientos, ya sea por medios naturales o mecánicos.
También se han distribuido diferentes materiales informativos como La Guía para Ventilación de Establecimientos de Hostelería. Estos materiales los ha aportado la Consejería de Sanidad y están disponibles también en la web de la Comunidad de Madrid.
La Consejería de Sanidad ha recordado que el coronavirus se transmite a través de gotas respiratorias (aerosoles) que se generan al hablar, toser o estornudar. Por ello, es importante mantener ventilados con regularidad los espacios cerrados para prevenir contagios.
El servicio en barra continúa suspendido y los bares y restaurantes deben cesar su actividad a las 21:00, aunque se permite hacer entregas de comida a domicilio hasta las 00:00.