En la publicación del BOCM (Boletín Oficial de La Comunidad de Madrid) se ha abierto otro nuevo plazo para adoptar menores
El Gobierno Autonómico de Madrid, ha oficializado el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), donde se ha creado una nueva convocatoria pública. Para recibir los ofrecimientos de las parejas que quieren adoptar menores en la región madrileña. Ésta se prolongará hasta el 14 de marzo y las parejas se pueden presentar de forma presencial y telemática.
Objetivo de la convocatoria pública
Según informa la web oficial de la Comunidad de Madrid y el Ejecutivo regional, se debe crear una bolsa de personas que cumplan los requisitos. Para así, poder realizar los trámites de adopción de un menor. También existe un sitio web para poder informarse más sobre ello.
Los ofrecimientos para la adopción deberán presentarse indistintamente por correo certificado o a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. Cabe destacar que la última vez se realizó este procedimiento (2015) se recibieron 1.240 ofrecimientos que dieron lugar a un total de 160 adopciones.
Requisitos para entrar en la bolsa de adopción
Los requisitos para que puedan entrar en la bolsa, ser residentes en la región, ser parejas de hecho, ser matrimonio o personas mayores de 25 años. Todos los que se han nombrado tienen preferencia, los demás requisitos son:
- Tiempo mínimo de convivencia en el caso de las parejas (tres años)
- Condiciones de la vivienda o ingresos que se acreditarán cuando los solicitantes sean llamados para una valoración psicosocial. Si el caso es positivo se le incluirá en el registro de familias idóneas para la adopción.
Un sorteo aleatorio
Después de haber finalizado de presentación, los expedientes serán numerados sucesivamente mediante un sorteo aleatorio. Se tomará en cuenta el número de DNI de quien conste como primer solicitante, y serán ordenados en virtud de dicho sorteo. Es irrelevante el dia y hora en el que se transmiten, siempre y cuando entre en el plazo de la convocatoria.
Las personas que se ofrecieron en la convocatoria anterior obtuvieron la idoneidad para hacerlo en la Comunidad de Madrid, no tendrán que presentar una nueva instancia. Algo que sí tiene que hacerlo aquellos que no han convocados o no declarados idóneos.
El periodo finaliza el 14 de marzo, hay que seguir todos los procedimientos y requisitos que se han nombrado. Para más información se debe consultar la web oficial de la Comunidad de Madrid.